Eutanasia "avoluntaria": licencia para matar

La eutanasia está despenalizada en Ecuador. Niños y adultos pueden acceder a ella. Personas con enfermedades mentales y depresión pueden acceder a ella, por petición propia o por solicitud de su representante legal, de ser el caso. También ha brillado el término “eutanasia avoluntaria” que se encuentra en la sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador que modificó el delito de homicidio, de modo que se permita, en nombre de la libertad, matar a quienes piden y a quienes no han podido expresar su decisión de vivir o morir.

Existen tres problemas con el caso de la eutanasia en Ecuador que recién están comenzando a conocerse. El primero es muy simple: siempre se habló de la libertad de los pacientes, de la autonomía, del ‘derecho a decidir’. Sin embargo, sabemos que la Corte reconoció la eutanasia ‘avoluntaria’, para personas que no pueden expresar su consentimiento. Este término no existe en el diccionario ni tampoco en ninguna otra sentencia o ley de eutanasia en otro lugar del mundo. No se trata de voluntades anticipadas, se trata de que otra persona pueda decidir por alguien que no manifestó su deseo de vivir o morir antes de quedar incapacitado, o de un niño que por ley no pude manifestar su consentimiento por sí mismo, entre otros casos. ¿Quién decidirá? A falta de reglamentación, se siguen las reglas del Código Civil, pero la Asamblea tendrá la última palabra.

¿Por qué es importante hablar de esto? Porque los defensores de la despenalización del homicidio han mencionado que eso no se había solicitado en la demanda. Aquí hay una disyuntiva.

Si no se solicitó en la demanda, se reconoce que hubo una extralimitación de la Corte Constitucional al permitir la eutanasia ‘avoluntaria’. En Ecuador, la justicia constitucional debe presumir que las normas son válidas y constitucionales. En ese sentido, hay mucha jurisprudencia que indica que la Corte sólo puede declarar la inconstitucionalidad de una norma en base a los argumentos de los accionantes. Por una razón sencilla: las facultades de la Corte van hacia corregir “errores” de las leyes cuando éstas no se acoplan a lo que dice la Constitución. Modificar una norma sin que exista un “error”, sino ante la mera conveniencia, ante la presión social y mediática o peor aún, ante los prejuicios y preconceptos de los jueces, es un atentado al Estado de Derecho y a la democracia.

Si es que sí se solicitó en la demanda, entonces se está “induciendo a error”.   En varias entrevistas, se había presentado a la accionante como “la voz de miles de personas en agonía que buscan una muerte digna”. En efecto, en medios como Radio Pichincha, uno de los tres abogados de Roldán, dice claramente que la demanda incluye la petición de amparar a personas que no pueden hablar.

El segundo problema que surge en torno al caso es si existía o no necesidad de la eutanasia. Lastimosamente, la dura historia detrás del caso se presentó ante los medios como una necesidad imperiosa, como un acto de compasión que no admitía un día más de demora ante la Corte Constitucional del Ecuador. No se puede dudar del dolor y sufrimiento de su caso. Pero hoy, a semanas de la despenalización, la accionante aún no ha “necesitado” de la eutanasia. Respeto esta decisión, especialmente porque comparto el valor de luchar por la vida a pesar de las circunstancias más difíciles. Pero entonces, cabe la pregunta: ¿por qué instrumentalizar el dolor de una persona por una causa? ¿Por qué presentar una acción de inconstitucionalidad, que es de las más largas en nuestro sistema jurídico, para lograr que un caso particular sea atendido urgentemente cuando existen cientos de casos que merecen atención? Si la accionante quiere vivir, ese sí es su derecho, pero quienes impulsan la eutanasia no tienen el derecho de imponer la muerte como una “opción” alegando hechos que no son ciertos para obtener una preferencia en la tramitación de las causas constitucionales e instrumentalizando la justicia.

Y con esto se llega al tercer problema. La eutanasia ha sido presentada como una opción “compasiva” para quien tiene dinero. La gente que no puede costear servicios privados de salud, que debe esperar interminablemente turnos en el seguro social ecuatoriano no tiene opción real. Serán víctimas (voluntarias o ‘avoluntarias’) de un sistema de salud al que le interesa ahorrarse cada centavo. Sólo en Canadá, hasta el año 2020, el gobierno publicó con bombos y platillos que se había ahorrado 149 millones de dólares en salud. ¿De dónde? De toda la gente que recibió la muerte en vez de recibir tratamientos y atención médica.

Eso es lo que viene luego de la despenalización de la eutanasia.

Previous
Previous

Salir de la Comarca

Next
Next

“Educación pública en Peligro: reclamo de  universitarios por problemas salariales”